Calculadora de intereses de demora de facturas impagadas
Si un cliente empresa te paga tarde, la ley te permite reclamar intereses y 40 € por costes de cobro. Calcula cuánto.
Datos actualizados el 28/09/2026.
Qué dice la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad
En las operaciones entre empresas (y autónomos) el plazo máximo de pago es de 60 días naturales desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio, y no se puede ampliar por pacto. Si el cliente paga tarde, debe intereses de demora automáticamente, sin necesidad de reclamarlos antes, y además una indemnización de 40 € por costes de cobro (artículo 8).
Tipo legal de interés de demora 2026
| Periodo | Tipo | Fuente |
|---|---|---|
| 1 de enero – 30 de junio de 2026 | 10,15 % | BOE-A-2025-27201 |
| 1 de julio – 31 de diciembre de 2026 | 10,40 % | BOE-A-2026-14327 |
El tipo es el del Banco Central Europeo más 8 puntos y se publica cada semestre en el BOE.
Cómo se calcula
Intereses = Importe × tipo × días de retraso / 365
Los intereses corren desde el día siguiente al vencimiento hasta el día del pago. Si el retraso cruza de un semestre a otro, cada parte se calcula con su tipo.
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Probar Quipu gratisPreguntas frecuentes
¿Se aplica a clientes particulares?
No. La Ley 3/2004 se aplica a operaciones comerciales entre empresas o entre empresas y la Administración. Con consumidores rigen otras normas.
¿Puedo cobrar los 40 € aunque el retraso sea de un día?
Sí: la indemnización de 40 € procede por el simple retraso, además de los intereses.
¿Cómo lo reclamo?
Primero, por escrito (email o burofax) con el cálculo. Si no pagan, el proceso monitorio permite reclamar deudas dinerarias de forma sencilla. Para importes relevantes, consulta con un abogado.